Cálculo de FOS y FOT

Gente: ojo cuando calculen el FOS y FOT de un terreno. El primero, el FOS o factor de ocupación del suelo, no se saca multiplicando los metros cuadrados totales del terreno por el valor que da el código sino que sale de multiplicar los metros cuadrados construibles (o sea sin retiros, troneras, etc) por el valor de código. La diferencia puede ser importante. ¡Tengan cuidado!

En cuanto al FOT, o factor de ocupación total, sí se calcula multiplicando los metros cuadrados totales del terreno por el valor de código. Pero ojo nuevamente, hay ciertos usos, como cocheras, planta baja libre, construcciones con techo inclinado de menos de 1,80 de altura, circulaciones comunes, salas de máquinas, etc., que no entran dentro de estos metros. Así que atentos, a veces esa diferencia puede ser una planta más en nuestro proyecto.

A su vez, y no me voy a extender mucho más, al cálculo de FOS y FOT hay que agregarle el correspondiente a las alturas, líneas internas, etc. De todo eso, los valores menores (si por cálculo me da que puedo hacer 5 pisos pero el código sólo me permite 4, entonces debo tomar este último número) son los que debemos adoptar.

Saludos y espero que les sirva la info.

8 comentarios:

  1. Buen día

    Quisirea saber donde puedo conseguir el código para analizar FOT, FOS y que uso tiene el suelo de un predio.

    Por favor podría ayudarme? no soy de Argentina, pero quiero comprar una casa en San Isidro y estos datos me parecen importantes.

    Muchas gracias!
    torresdepiedra@gmail.com

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  2. Disculpame pero está mal lo que comentas. Según el art 1.2.1.3 del Código de Planeamiento Urbano del GCBA el FOS se aplica sobre la superficie total del terreno. Te transcribo el artículo: "Factor de ocupación del suelo (F.O.S.): Porcentaje de la superficie total del terreno que se puede ocupar con la proyección horizontal de las construcciones de todos los niveles del o de los edificios. Los factores de ocupación del suelo tienen carácter de máximos."

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  3. Buenas, queria ver si me podian asesorar ya que tengo un terreno y quisiara aber cuanto de FOT, FOS y cuanto se puede construir ya que me quieren hacer una oferta y no quiera estar tan desinformado.Superficie Total (m2): 561.00
    Superficie Cubierta (m2): 328.00
    Frente (m): 9.52
    Fondo (m): 58.93
    segun la pagina del gcba, sigue con est info Identificador Catastral: 48-096-029
    Partida Matriz: 143304
    Código de Planeamiento Urbano: R2a II. desde ya muchas gracias
    gpaisgaray@gmail.com

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  4. Hola!!, donde puedo consultar el fos y fot de un terreno? Se puede hacer online o hay que ir personalmente? Gracias!!
    mi correo es nicolasbaumannprop@gmail.com

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  5. Hola, donde puedo consultar el fos y fot máximos permitidos de un terreno ubicado en San Isidro? Se puede hacer online desde alguna web o hay que ir personalmente al Municipio? Aguardo sus comentarios. Muchas gracias. Mi correo es: apirlo1974@gmail.com

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  6. En la página de la Municipalidad de San Isidro está el Codigo de Planeamiento Urbano, si sabes utilizarlo, con la ubicación del terreno podés obtener el FOS y FOT. Además tenés que ver que no sea una calle sujeta a ensanche o alguna restricción específica para ese terreno

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  7. C
    Hola. Cómo se llega o se calcula el coeficiente FOT que es utilizado para calcular la superficie permitida de construcción?. Gracias

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  8. El FOS es el Factor de Ocupación del Suelo. El cómputo no es muy simple, tiene varias vueltas y está explicado en el Código de Ordenamiento Urbano de tu ciudad. Básicamente es la superficie de la sombra de tu edificio dividida la superficie del terreno. Se cuentan las salientes del edificio que hacen sombra en el terreno, pero hasta 1 m (en general).
    El FOT es la superficie total edificada dividida la superficie del terreno. No cuentan (en general) las superficies de las construcciones de los subsuelos, las superficies de circulaciones verticales (escaleras y ascensores), las cámaras de electricidad, las plantas de tratamiento de efluentes. Tampoco se cuentan las plantas libres, las instalaciones complementarias, los estacionamientos . Hay otras excepciones que no recuerdo. También está explicado en el COU (código)

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